Condiciones generales de venta

§ 1 Generalidades y ámbito de aplicación

1.) Estas condiciones de venta son válidas para todas las relaciones comerciales, suministros y prestaciones presentes y futuras de badgepoint® Namensschilder Systeme GmbH.
2.) Clientes según nuestras condiciones de venta son exclusivamente empresas, esto es, personas físicas o jurídicas o sociedades con capacidad jurídica, con las que se establece una relación comercial y que actúan en ejercicio de una actividad profesional en régimen industrial o autónomo.
3.) Cualesquiera condiciones generales de venta que contravengan, complementen o difieran de las presentes no se considerarán, aún estando en conocimiento de ellas, parte del contrato, a no ser que su validez haya sido acordada expresamente por escrito.

§ 2 Conclusión del contrato

1.) Nuestras ofertas son sin compromiso. Nos reservamos el derecho a modificaciones técnicas, así como a cambios en forma, color y/o peso dentro de los límites de lo razonable.
2.) Con el pedido de la mercancía, el cliente manifiesta de manera vinculante su voluntad de adquirir los productos solicitados. Tenemos el derecho a aceptar la oferta de contrato incluida en el pedido en un plazo de dos semanas a partir de su recepción. La aceptación puede comunicarse al cliente de forma escrita o mediante el suministro de la mercancía.
3.) La conclusión del contrato se lleva a cabo bajo reserva de recibir de nuestros propios proveedores un suministro puntual y correcto. Esto es válido solamente en el caso de que la no realización de la entrega sea responsabilidad nuestra. Se informará de inmediato al cliente de la no disponibilidad de la prestación solicitada. La contraprestación se efectuará sin demora o se procederá a suministrar un artículo sustitutivo de igual o superior valor. De no quedar satisfecho el cliente, corremos con los gastos de una posible devolución.

§ 3 Reserva de propiedad

1.) Detentamos los derechos de propiedad industrial e intelectual y demás derechos legales de protección comercial sobre diseños y muestras, conceptos, bocetos, ilustraciones, fotos y previsiones de costes, así como sobre cualquier otra documentación. No deben facilitarse a terceros.
2.) Nos reservamos además la propiedad de la mercancía suministrada hasta haberse cumplimentado todos los pagos en una relación comercial en curso.
3.) El cliente tiene la obligación de conservar cuidadosamente la mercancía hasta haber efectuado íntegro el pago. Si fueran necesarios trabajos de mantenimiento e inspección, el cliente tiene que llevarlos a cabo por cuenta propia con la debida regularidad. Está obligado a comunicarnos sin demora la toma de la mercancía por terceros, por ejemplo en caso de embargo, así como cualquiera daños sufra la mercancía o la destrucción de la misma.
4.) Estamos autorizados a rescindir el contrato y exigir la devolución de la mercancía en caso de comportamiento contrario al contrato del cliente, en particular por demora del pago o por vulnerarse una obligación de estas disposiciones.
5.) El revendedor tiene derecho a vender a terceros la mercancía suministrada dentro del proceso comercial ordinario. Si bien, nos cede ya la totalidad de las deudas en concepto de factura que se produzcan a su favor frente a terceros por la venta de la mercancía. Aceptamos esta cesión. El empresario continúa autorizado al cobro de estas deudas aún tras la cesión. Nos reservamos el derecho a efectuar el cobro por cuenta propia en tanto el empresario no cumpla con sus obligaciones de pago frente a nosotros como deba e incurra en mora.

§ 4 Plazos de entrega

1.) Los plazos de entrega se estipulan de forma individualizada. El plazo comienza con la recepción por el cliente de la confirmación del pedido.
2.) El mantenimiento del plazo de entrega concertado presupone, en caso de deber de colaboración del cliente, el cumplimiento puntual de sus obligaciones (p.ej. puesta a disposición de logotipos u otros documentos). Los retrasos se añadirán correspondientemente al plazo de entrega.
3.) De solicitar el cliente tras la confirmación del pedido modificaciones de ejecución de fábrica, el plazo de entrega comienza de nuevo con la recepción de la confirmación de los cambios solicitados.

§ 5 Pago

1.) La carga a la cuenta de su tarjeta de crédito se lleva a cabo con el cierre del pedido.
2.) La domiciliación bancaria se realiza al salir de nuestro almacén la mercancía.

§ 6 Retribución y transferencia de riesgos

1.) El precio de compra ofrecido es vinculante y hay que sumarle el impuesto legal sobre el valor añadido. En caso de venta a distancia, podrá consultarse el importe de los costes de envío directamente en nuestra oferta o en la lista de costes de envío disponible en Internet.
2.) Los riesgos de una pérdida, destrucción o deterioro casual de la mercancía se transfieren al comprador con la entrega del producto o, en caso de venta a distancia, con la entrega del mismo al transitario, al transportista o a la persona encargada de la ejecución del envío.

§ 7 Garantía

1.) Por deficiencias de la mercancía, prestamos en principio garantía a nuestra elección en forma de reparación de defectos o suministro subsidiario.
2.) Si falla la rectificación, el cliente puede reclamar siempre a su elección una rebaja de la retribución (reducción del precio) o la anulación (rescisión) del contrato. No obstante, caso de que el incumplimiento contractual sea mínimo, en particular por deficiencias exiguas, no asiste al cliente el derecho a rescindir el contrato.
3.) Las deficiencias evidentes deben comunicarse por escrito en un plazo de dos semanas a partir de la recepción de la mercancía; de lo contrario, queda excluida toda alegación del derecho a la prestación de garantía. Para la observancia del plazo basta con realizar el envío dentro del mismo. El cliente debe aportar la carga de la prueba para todas las condiciones requeridas, en particular para la deficiencia misma, para el momento en que se determina la deficiencia y para la puntualidad de la reclamación.
4.) De optar el cliente, debido a defecto material o jurídico, tras una rectificación fallida, por la rescisión del contrato, pierde al hacerlo el derecho a indemnización por las deficiencias. Si el cliente opta tras una rectificación fallida por pedir indemnización, deberá quedarse con la mercancía, siempre que le resulte aceptable. La indemnización se limita a la diferencia entre el precio de compra y el valor de los productos defectuosos. Esto no será válido cuando la vulneración del contrato haya sido provocada de forma dolosa.
5.) El plazo de prestación de garantía es de un año a partir del suministro de la mercancía. Como características de la mercancía se entienden exclusivamente, según lo acordado, las contenidas en la descripción del producto del fabricante. La manifestaciones públicas, recomendaciones o publicidad del fabricante no se consideran, por el contrario, especificaciones sobre la calidad de la mercancía con carácter contractual.
6.) El cliente no recibe de nuestra parte garantía alguna en sentido legal. Las garantías del fabricante permanecen inalterables.

§ 8 Limitaciones de responsabilidad

1.) Por infracciones de negligencia leve, nuestra responsabilidad se limita a daños ocasionados inmediatos y contractualmente previsibles de conformidad con el tipo de mercancía. Esto es también válido para incumplimientos por negligencia leve de nuestros representantes legales o empleados. No asumimos responsabilidad alguna por infracciones de negligencia leve de obligaciones contractuales insignificantes.
2.) Las limitaciones de responsabilidad anteriores no afectan a los derechos del cliente respecto a la responsabilidad del producto. Por lo demás, no tienen validez las limitaciones de responsabilidad por daños corporales y para la salud o pérdida de la vida del cliente que nos sean imputables.
3.) Los derechos a indemnización del cliente por un defecto de la mercancía prescriben pasado un año tras el suministro de la misma. Esto no rige en caso de falta muy grave, de daños corporales y para la salud o de pérdida de la vida del cliente que puedan imputársenos.
4) En este contexto, advertimos expresamente que muchos de nuestros productos están provistos de potentes imanes. Por motivos de seguridad debe guardarse siempre la suficiente distancia respecto a marcapasos, tarjetas de crédito, disquetes de ordenador y todos los demás objetos sensibles al efecto de campos magnéticos.

§ 9 Protección de datos

1.) Observamos estrictamente el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la protección de datos, en particular la ley federal alemana de protección de datos (BDSG) y la ley alemana de servicios de telecomunicación (TMG). Hallará información más detallada en nuestras "Disposiciones sobre la protección de datos".

§ 10 Derechos de propiedad intelectual y de marcas

1.) Las fotografías de nuestros productos y los textos que los describen son fruto de un esfuerzo considerable y están protegidos por el derecho a la propiedad intelectual. Ni nuestros clientes ni cualesquiera terceros están autorizados a su copia y/o utilización para sus propias ofertas en Internet u otro tipo de uso. Cualquier violación de nuestros derechos de propiedad intelectual, de marcas u otros derechos de protección de autoría serán objeto de demanda judicial.
2.) Los términos "badgepoint®", así como "polar®", "amigo®", "smag®", "cavex®" y "badgeserver®" son marcas comerciales registradas en la oficina alemana de patentes y protegidas por los derechos legales de marcas. Ni nuestros clientes ni cualesquiera terceros están autorizados a utilizarlos.

§ 11 Disposiciones finales

1.) Rige el derecho de la República Federal de Alemania. No se aplican las disposiciones del derecho de compra de las Naciones Unidas.
2.) El único juzgado competente para litigios derivados de este contrato es, siempre que sea admisible, el de nuestra razón social o Düsseldorf. Esto es igualmente válido cuando el cliente carezca de jurisdicción competente en Alemania o se desconozca su domicilio o lugar de residencia habitual en el momento de presentación de la demanda.
3.) Si algunas disposiciones del contrato con el cliente, incluidas estas condiciones generales de venta, no tuvieran o dejaran de tener efecto total o parcialmente, ello no afectaría a la validez de las restantes disposiciones. La regulación parcial o totalmente inefectiva deberá ser sustituida por otra concertada que, a efectos económicos, se acerque en lo posible a la suprimida.

Versión: 01.01.08